¿En qué difiere la OMC del GATT?

La OMC no es una simple continuación del GATT; posee un carácter totalmente distinto. Las principales diferencias son las siguientes:

• El GATT era una serie de normas, un acuerdo multilateral desprovisto de fundamento institucional, que no tenía más que una secretaría ad hoc y cuyo origen se encontraba en la tentativa de establecer una Organización Internacional del Comercio en los años cuarenta. La OMC es una institución permanente, dotada de secretaría propia

• El GATT se aplicaba a título "provisional", pese a que los gobiernos, al cabo de más de cuarenta años de su existencia, lo considerasen como un compromiso permanente. Los compromisos adquiridos bajo la égida de la OMC existen de pleno derecho y son permanentes

• Las normas del GATT se aplicaban al comercio de mercancías. La OMC cubre no sólo las mercancías, sino también el comercio de servicios y los aspectos de los derechos de propiedad relacionados con el comercio

• El GATT era en su origen un instrumento multilateral, pero hacia los años ochenta se le añadieron varios acuerdos nuevos de carácter plurilateral, y por lo tanto opcional. Los acuerdos en los que se fundamenta la OMC son casi todos multilaterales, y por lo tanto llevan aparejados compromisos suscritos por todos los Miembros

• El procedimiento de solución de diferencias de la OMC es más rápido y más automático, y por lo tanto está menos expuesto a ser bloqueado, que el antiguo procedimiento del GATT. La aplicación de las decisiones resultantes de la solución de diferencias de la OMC estará mejor asegurada.

La OMC cumple cinco tareas esenciales:

1. Administrar los nuevos acuerdos comerciales multilaterales
2. Servir de tribuna para nuevas negociaciones
3. Solucionar las diferencias
4. Vigilar las políticas comerciales nacionales
5. Cooperar con otros organismos internacionales en la elaboración de políticas económicas a escala mundial.

martes, 21 de mayo de 2013

MAS INFORMACION SOBRE EL GATT Y OMC

http://keynesianos.wordpress.com/2-2/3-3/



LABOR DEL CONSEJO DEL COMERCIO DE MERCANCÍAS.


El Consejo del Comercio de Mercancías es responsable del funcionamiento de los Acuerdos Multilaterales sobre el Comercio de Mercancías y de la labor de los comités y grupos de trabajo en los sectores de actividad comprendidos por esos Acuerdos, a saber:

  

El GATT Y EL CONSEJO DEL COMERCIO DE MERCANCÍAS.

El Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) abarca el comercio internacional de mercancías. El funcionamiento del Acuerdo General es responsabilidad del Consejo del Comercio de Mercancías (CCM) que está integrado por representantes de todos los países Miembros de la OMC. El Presidente actual es el Excmo. Dr. Anthony Mothae MARUPING (Lesotho.
El Consejo del Comercio de Mercancías tiene 10 comités que se ocupan de temas específicos (agricultura, acceso a los mercados, subvenciones, medidas antidumping, etc.). También en este caso están integrados por todos los países Miembros.
Rinden asimismo informe al Consejo del Comercio de Mercancías el Grupo de Trabajo sobre las Empresas Comerciales del Estado y el Comité de Participantes sobre la Expansión del Comercio de Productos de Tecnología de la Información.









El funcionamiento del GATT (General Agreement on Tariffs and Trade) se basa en las reuniones periódicas de los estados miembros, en las que se realizan negociaciones tendientes a la reducción de aranceles, según el principio de reciprocidad. Las negociaciones se hacen miembro a miembro y producto a producto, mediante la presentación de peticiones acompañadas de las correspondientes ofertas.